En la actualidad, más de 60 millones de personas en el mundo se han visto obligadas a abandonar sus hogares, convirtiéndose en desplazados internos o refugiados, la cifra más elevada desde la Segunda Guerra Mundial. Son personas que viven fuera de sus hogares por la guerra, la violencia y graves violaciones de sus derechos fundamentales.
Según ACNUR, 1 de cada 113 personas en el mundo es un solicitante de asilo, un desplazado interno o un refugiado. Esto supone el número más alto jamás registrado.
Ante esta realidad, las actuaciones y políticas de los países de acogida deben basarse en que:
- El derecho de asilo es un derecho humano internacional recogido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la Convención de Ginebra y la Constitución Española, entre otros. Consiste en la protección ofrecida por un Estado a determinadas personas cuyos derechos fundamentales se encuentran amenazados por actos de persecución o violencia.
- La Convención de Ginebra es una convención internacional que establece quién es un refugiado y decide las reglas de las personas a las que se les garantiza el asilo. Fue aprobada en 1951 con el fin de proteger a los refugiados europeos después de la 2ª Guerra Mundial. España y más de 140 países la han firmado y están obligados a su cumplimiento.
- El principio de no devolución es la prohibición impuesta a los estados por el Derecho Internacional de expulsar o devolver a una persona al territorio de cualquier país en el que su vida o su libertad se encuentran amenazadas o en el que pueda sufrir tortura, tratos inhumanos o vulneración de sus derechos humanos fundamentales.
- Las personas refugiadas son personas que se han visto obligadas a huir de su país por sufrir persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual.
Los refugiados en la UE
Pero en cambio, ignorando sus propios valores y deberes de justicia y protección, y vulnerando sus propias normativas, Europa crea una carrera de obstáculos y cierra la puerta a los refugiados (Europa sólo ha acogido a 3.000 de los 160.000 refugiados que se comprometió a reubicar) y esconde sus vergüenzas tras un acuerdo con Turquía que vulnera la legislación y los derechos humanos.
Este acuerdo con Turquía viola y cuestiona todo el sistema de protección y asilo, y concretamente desatiende que:
- Las expulsiones colectivas están expresamente prohibidas en el art. 4 del Protocolo 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
- Principio de no devolución del art. 33 Convención de Ginebra que establece que nadie podrá ser devuelto a un país donde su vida corra peligro.
- Toda expulsión de un extranjero necesita garantías legales según los art. 12 y 13 de la Directiva de Retorno.
- Turquía no es un país seguro para los refugiados por su cláusula de exclusión geográfica de la Convención de Ginebra (art. 39 Directiva de Procedimiento) y no garantiza el principio de no devolución de refugiados.
- Principio de no discriminación por país de origen, art. 3 Convención de Ginebra.
- Falta de estándares mínimos en la acogida de refugiados en Grecia reconocida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en 2011.
La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) denuncia que al ritmo actual la UE tardaría 43 años en cumplir su compromiso de reubicación, señalando la pasividad flagrante de las autoridades europeas para llevar a cabo el proceso de reubicación y reasentamiento de personas solicitantes de asilo. Sólo en 2016 han muerto cerca de 3.000 personas en el Mediterráneo, una cifra cercana a las que la UE ha conseguido reubicar desde el pasado septiembre (más información: Informe CEAR 2016: Las personas refugiadas en España y Europa). Los valores de Europa se hunden en el Mediterráneo.
Otra actuación es posible: Canadá
Pero, a la vez, Canadá demuestra que otra actuación es posible y, fiel a una larga historia como hogar para refugiados, se convierte en el país con más refugiados sirios puesto que hasta abril de este año este país había recibido a más de 48.000 sirios que huyen de la guerra civil.
Canadá y Europa demuestran dos realidades ante los refugiados. Otra actuación es posible, solidaria y sensible al sufrimiento humano, respetuosa con los derechos humanos y con la normativa internacional.
Una actuación que apuesta por la integración, porque es que además Europa pierde al rechazar a los migrantes: Si existiera una política de acogida y mayor inversión en la población migrante, Europa crearía una fuerza laboral para el futuro y mejoraría las condiciones de sus trabajadores nativos.
Los refugiados en España
Y mientras en España, con el 1% de solicitudes de asilo de toda la Unión Europea, celebramos que 66 refugiados sirios llegan a nuestro país, con lo que ya hemos reubicado un total de 200 refugiados.
Y es que España ha traído a menos del 3 por ciento de los refugiados comprometidos ante la UE, por lo que desde CEAR han solicitado al nuevo Gobierno y al futuro Parlamento que con carácter urgente en la próxima legislatura se pongan en marcha cinco compromisos con las personas refugiadas a través de las siguientes medidas:
- La retirada del apoyo de España al acuerdo entre la UE y Turquía, instando de forma inmediata a la suspensión de su aplicación y a su impugnación ante las vías existentes al efecto.
- La acogida de forma inmediata en España de las personas refugiadas que se encuentran en Grecia e Italia en cumplimiento de los acuerdos de reubicación adoptados por el Consejo Europeo.
- La puesta en marcha de vías legales y seguras de acceso al procedimiento de asilo:
– Habilitar la posibilidad de solicitar asilo en embajadas y consulados españoles.
– Facilitar la emisión de visados humanitarios.
– Cumplir los compromisos adquiridos en materia de reasentamiento y aprobación de un programa ambicioso y permanente de reasentamiento.
– Flexibilizar los requisitos de reagrupación familiar. - La eliminación de los obstáculos para el acceso al derecho de asilo:
– Poner fin a las devoluciones ilegales de personas migrantes y refugiadas en las fronteras de Ceuta y Melilla.
– Suprimir la exigencia de visado de tránsito aeroportuario impuesto en 2011 a personas de nacionalidad siria. - La trasposición inmediata de las directivas europeas en materia de asilo y la aprobación urgente del Reglamento que desarrolle normativamente la Ley de Asilo, pendiente desde hace casi siete años.